Colección Carteles de las Comunas de París y Lyon 1870-1871
(Foto cartel original: BDIC Traducción y montaje fotográfico: grupgerminal.org en Alejandría Proletaria)
ARTÍCULO PRIMERO
Se ha abierto en todas las alcaldías un registro en donde se insta al trabajador que se inscriba: por un lado su profesión, por el otro, sus necesidades y lo que ofrece de trabajo a cambio.
ART. 2
Se ha abierto igualmente en las alcaldías un registro en el que las compañías, los empresarios de todo tipo, los industriales, los fabricantes, los hombres de negocios, etc., deben indicar, por medio de un pliego de condiciones explicativo, la naturaleza y los beneficios sociales del trabajo que están en condiciones de ofertar.
ART. 3.
Se requiere a los administradores de cada alcaldía de París para que pongan inmediatamente a disposición de los interesados los locales, los registros y el personal necesario para la ejecución del presente decreto.
ART. 4.
Se invita a los interesados a reunirse y nombrar en sus distritos repectivos una sub-comisión, que se vinculará con la Comisión de Trabajo y Cambio, nombrada por la Comuna, y que decidirá con ella las resoluciones a tomar.
Los miembros de la Comisión de Trabajo y Cambio.
B. MALON, L. FRANKEL, AVRIAL, E. PUGET, L. GÉRARDIN.